Cooperación y observación electoral
La cooperación en materia electoral y el instituto de observación electoral han ido ganando cada vez más interés e importancia en el ámbito internacional. La cooperación internacional se define como el acto en el que dos o más países o instituciones buscan alcanzar un objetivo común mediante el acceso e incorporación de conocimientos, información, tecnología, experiencias y prácticas en bases no comerciales [1]. Por lo tanto, la cooperación internacional en materia electoral se realiza a través del intercambio de buenas prácticas electorales en procesos electorales, llevado a cabo por instituciones electorales, partidos políticos, organizaciones internacionales (OI's) y organizaciones no gubernamentales (ONG's).
Por su parte, la observación electoral se lleva a cabo de forma autónoma por OI's y ONG's, con el objetivo de analizar en profundidad un proceso electoral y colaborar en su perfeccionamiento, ayudando a fortalecer la democracia a través de la presentación de consideraciones y recomendaciones.
Tanto la cooperación internacional en materia electoral como la observación electoral son expresiones del interés de la comunidad internacional en la realización de elecciones democráticas como parte del proceso de desarrollo de la democracia.
La práctica de la observación electoral es un tema de Derecho Internacional y una de las principales innovaciones institucionales surgidas a mediados del siglo XX. Según José Thompson, director ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) y exdirector del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), las primeras elecciones observadas tuvieron lugar en 1857 en Moldavia, bajo la "supervisión de países extranjeros", con la participación de representantes de Austria, Francia, Inglaterra, Prusia y Turquía [2].
Oscar Alarcón-Jiménez, especialista en observación electoral internacional, destaca que el instituto tal como lo conocemos hoy deriva de la observación en "países divididos", en un contexto de Guerra Fría, como fue el caso de Corea y Alemania, y en territorios no autónomos en período de transición hacia la independencia [3].
A pesar del desarrollo de este instituto, no existe una definición normativa universalmente aceptada sobre lo que se entiende por observación electoral, ni una regulación legal internacional al respecto. Varias OI's llevan a cabo procesos de observación electoral, incluso con objetivos y metodologías distintas, lo que contribuye a la confusión sobre el tema.
En 2001, bajo la iniciativa del Instituto Democrático Nacional para los Asuntos Internacionales (NDI) y la División de Asistencia Electoral de las Naciones Unidas (ONU), autoridades y expertos en materia electoral formaron un grupo de trabajo y comenzaron consultas con diversos OI's, como la OEA, el Centro Carter y la Comisión Europea, en materia de cooperación electoral a nivel internacional. De las consultas entre las organizaciones involucradas surgió un documento de consenso que fue presentado y aprobado por las organizaciones consultadas.
En 2005, 21 OI's suscribieron la Declaración de los Principios de la Observación Electoral Internacional (DoP), que incluía el Código de Conducta para Observadores Electorales Internacionales.
De ambos documentos, es fundamental tener una comprensión clara de lo que se definió como observación electoral: la observación electoral internacional es una práctica aceptada a nivel mundial, realizada por organizaciones y asociaciones intergubernamentales y no gubernamentales internacionales, con el objetivo de proporcionar una evaluación imparcial y precisa de la naturaleza de los procesos electorales, en beneficio tanto de la población del país donde se celebran las elecciones como de la comunidad internacional [4].
Actualmente, más de 50 organizaciones internacionales y ONG han suscrito ambos documentos, y otras organizaciones internacionales y no gubernamentales aún pueden adherirse a la DoP y al Código que la acompaña.
La DoP es el resultado de décadas de trabajo y cooperación internacional en materia electoral. Sin embargo, la práctica de la observación electoral está lejos de ser uniforme, debido a la falta de normas internacionalmente acordadas e internalizadas por los Estados.
Según Oscar Alarcón-Jiménez, tras una casuística heterogénea seguida de manera desigual por cada OI y ONG a lo largo de los años, la adopción de la DoP en 2005 marcó un punto de inflexión. Un gran número de OI y ONG involucradas en la observación electoral adoptaron algunos principios mínimos básicos y estándares elementales relacionados con la observación electoral, así como un código de conducta dirigido a los observadores electorales internacionales.
La observación electoral no solo puede ayudar a legitimar un proceso electoral, sino también a consolidar la confianza de los votantes en el proceso, fomentando su participación, el intercambio de experiencias (cooperación internacional) y disuadiendo a aquellos actores que intentan manipular de manera ilícita el resultado de las elecciones a su favor.
Se observa, por tanto, que a pesar de existir un consenso en la comunidad internacional en torno a qué es y cómo se practica la observación electoral, este instituto se desarrolla de distintas maneras, lo que genera impactos no solo en su estudio, sino también en su clasificación. En este sentido, es importante distinguir la observación electoral de otras formas análogas pero diferentes en materia de cooperación electoral internacional, como son los casos de monitoreo, fiscalización, certificación y acompañamiento electoral.
En la práctica, los conceptos se mezclan y pueden usarse de manera intercambiable para designar la misma actividad. No obstante, las sutilezas legales que los diferencian son más que importantes.
La observación electoral es un mecanismo que ofrece una evaluación imparcial no solo del día de la elección, sino del proceso electoral en su conjunto, sirviendo también para evaluar el estado de la democracia en los distintos países donde se realiza la observación. Además de la observación electoral internacional, también existe la observación electoral nacional o doméstica apartidista, que desempeña un papel crucial en el análisis y evaluación del proceso electoral dentro de un país específico.
De esta forma, se puede concluir que la observación electoral es una actividad analítica cuyo objetivo es mejorar el proceso electoral, contribuir a la transparencia y la integridad, y reforzar la confianza pública en las elecciones. Las recomendaciones resultantes de las MOEs, aunque no tienen efecto vinculante y difieren de la fiscalización electoral, función de los Estados, proporcionan un examen detallado y sistemático de los diversos aspectos del proceso electoral, contribuyendo así a su desarrollo y perfeccionamiento.
Se espera que este reconocimiento continúe consolidando el instituto, fortaleciendo de esta manera la cooperación internacional y contribuyendo al perfeccionamiento de los procesos electorales.
Alexandre Andreatta
Director del Observatorio de la Democracia
aandreatta@parlamentomercosur.org
Referencias:
[1] AMORIM, Celso. Perspectivas da Cooperação Internacional. In: MARCOVITCH, Jacques (ed.). Cooperação Internacional: Estratégia e Gestão. São Paulo: Universidade de São Paulo, 1994. p. 149-163.
[2] THOMPSON, José. La observación electoral en el Sistema Interamericano. Diálogo Político, v. 25, n. 4, p. 37-67. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r26904.pdf . Acceso en: 3 nov. 2023.
[3] ALARCÓN-JIMÉNEZ, Oscar. La observación electoral de procesos democráticos internos por las organizaciones internacionales: teoría y práctica. 2022. Tesis de doctorado. Universidad de Málaga, Málaga, España, 2022.
[4] ORGANIZAÇÃO DAS NAÇÕES UNIDAS. Declaração dos Princípios da Observação Eleitoral Internacional (DoP). 27 oct. 2005. Disponible en: https://www.un.org/press/en/2005/hr5173.doc.htm . Acceso en: 24 abr. 2023.