Agencia PARLASUR (16/10/2018). En la pasada Sesión Plenaria LVIII, los Parlamentarios del MERCOSUR aprobaron el acto referente a la garantía de la atención gratuita de la salud, únicamente con la presentación del documento de identidad, a todo ciudadano nacional de uno de los países integrantes del bloque, aunque no residan en dicho territorio.
Al respecto el PARLASUR recomienda al Consejo del Mercado Común (CMC) se implemente un acuerdo en materia de salud entre las autoridades de los Estados Partes del MERCOSUR, con el objeto de asegurar y consolidar formalmente el acceso gratuito a la salud, en casos de urgencia y/o riesgo de vida o cuadro clínico que implique riesgo vital y/o secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable, estableciendo como único requisito la presentación de su documento de identidad.
Las legislaciones nacionales establecen un acceso a la salud con relativa igualdad de condiciones entre los migrantes y la población nativa, aunque entre países varía el nivel de cobertura y de prestaciones que brinda el sistema público en cada país. La situación es diferente para los migrantes en situación administrativa migratoria irregular, ya que no en todos los países se contempla un acceso a la salud en forma irrestricta.
En América Latina, la atención médica para extranjeros es muy heterogénea. Brasil posee un sistema de salud público muy amplio en cuanto a requisitos, ya que los no residentes son atendidos de manera gratuita por una normativa que fue ratificada por la nueva ley de extranjeros (aprobada en 2017). En el caso de los migrantes en situación irregular, la atención de urgencias está garantizada, no obstante, para otro tipo de prestaciones hay que generar un numero de registro, ya que de otra forma no podrán ser atendidos.
En la República Argentina hoy en día los extranjeros tienen garantizado el acceso a los servicios públicos en su normativa migratoria, sin embargo, desde el año pasado, se impulsa una ley donde las personas que ingresan al país con carácter transitorio, temporario o precario tendrán un "régimen diferencial" a la hora de los servicios públicos; si se aprobara el proyecto, este tipo de extranjeros deberá pagar una tasa o arancel por el servicio prestado en la salud.
En Paraguay, tanto la atención por medio de unidades de salud de la familia como la realizada en hospitales públicos es irrestricta, incluyendo a los migrantes en situación administrativa migratoria irregular, es decir que la atención para los extranjeros no residentes es parcialmente gratuita.
En cambio en Uruguay, el sistema de salud no contempla la atención a quienes no sean residentes (se cobra un arancel) o a quienes no cuenten con el carnet de salud pública; por último, en Venezuela, en medio de la crisis económica que sufre el país, los hospitales se debaten entre la falta de insumos y el traslado de sus propios médicos a otros países.
“El desconocimiento de la normativa, en lo que respecta al acceso a la salud de los inmigrantes, por parte del personal administrativo de hospitales y centros de salud” es uno de los principales desafíos a enfrentar, según revela la publicación de la Organización Internacional para las Migraciones “Evaluación del Acuerdo de Residencia del MERCOSUR y su incidencia en el acceso a los derechos de los migrantes” (enero 2018).
La Parlamentaria argentina Norma Aguirre señaló la necesidad de priorizar el debate del acceso a la salud en el Parlamento y considera dicha Recomendación como objetivo prioritario para fortalecer la integración regional.
Con informaciones de la prensa argentina